Quién declara el Impuesto de Patrimonio
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Impuesto sobre el patrimonio: ¿quiénes tienen que declararlo?

Repasamos la información esencial para saber si debes, o no, pagar este impuesto.

Abandonado debido a su suspensión, el impuesto sobre el patrimonio ha vuelto desde hace años para que aquellas personas que superen ciertos umbrales económicos tengan que gravar ciertos bienes con la Agencia Tributaria. Es un impuesto que solo afecta a un grupo de la población, para el que se convierte en obligatorio si se quiere llevar un buen control de obligaciones fiscales.

Pero, ¿qué es exactamente?, ¿y quiénes tienen que pagarlo? Vamos a ir por orden, para que tengas claro qué es y si, en efecto, te toca pagar o dejar pasar de largo esta responsabilidad para/con Hacienda. Como hemos dicho al comienzo, es algo que solo afecta a un número determinado de personas.

Impuesto sobre el patrimonio

El impuesto de patrimonio grava el patrimonio neto de las personas físicas, es decir, tiene en cuenta toda la suma de bienes y derechos económicos de alguien que tenga que declarar a Hacienda, resta todas las cargas que tenga y los gravámenes que afecten al valor de dichos bienes y, por último, resta también todas las deudas de la persona.

En base a eso, se establece un cálculo a partir del cual se obtiene una cifra que establece el patrimonio neto y, en función de esta, se determina si la persona física debe pagarlo o no, algo que depende también de la Comunidad Autónoma en la que se resida.

¿Quién declara el Impuesto de Patrimonio?

Con un plazo de presentación que se mueve normalmente por las mismas fechas cada año, entre abril y julio, es normal que muchos tengan dudas sobre si tienen que declarar o no en estos momentos. Las condiciones son sencillas, y a continuación vamos a explicar en qué casos no se tiene que declarar el también conocido como IP, en base a lo que dictan los artículos 10-24 de la Ley 19/1991 del Impuesto:

  • Todos los derechos y bienes que figuren en el artículo 4 quedan excluidos, como son las viviendas habituales de hasta 300.000 euros de valor de tasación.
  • El patrimonio neto máximo que se establece para la exención es de 700.000 euros, excluyendo la vivienda habitual con el valor máximo establecido en el punto anterior.

Si se supera la cifra de 700.000 euros, entonces ha de declararse el Impuesto de Patrimonio, aunque este varía en función de las comunidades autónomas. Casos como Cataluña, que establece el límite en 500.000 euros; o Valencia, que lo fija en 600.000 euros, deben tenerse en cuenta. Es necesario consultar a la diputación para estar al tanto de esas cifras.

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